en Valencia.
Lo que antes se llamaba "falta" hoy es delito leve — con menos pena, pero delito al fin y al cabo, con su propio juicio y sus propias consecuencias.
Qué es un delito leve
Son los delitos de menor gravedad del Código Penal: hurtos de escasa cuantía, daños leves, amenazas o coacciones leves, entre otros. No llevan pena de prisión, pero sí pueden acarrear multa, trabajos en beneficio de la comunidad, o la obligación de indemnizar — y conviene no restarles importancia solo porque "sea leve".
Aunque no es obligatorio ir acompañado de abogado en muchos juicios por delito leve, sí es muy recomendable: la forma en que se presenta la prueba y se plantea la defensa condiciona directamente si el asunto se archiva, se resuelve con una mínima sanción, o deriva en algo más gravoso de lo esperado.
Delitos leves habituales
- Hurto de escasa cuantía
- Daños leves (por ejemplo, a vehículos o mobiliario)
- Amenazas y coacciones leves
- Injurias y vejaciones leves
- Algunas imprudencias leves con resultado de lesiones
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado obligatoriamente para un delito leve?
No siempre es obligatorio, pero sí muy recomendable: la asistencia técnica desde el principio mejora sustancialmente cómo se plantea el caso ante el juzgado.
¿Un delito leve genera antecedentes penales?
Depende del tipo de delito y de la pena impuesta. Es un punto que conviene revisar en cada caso concreto, porque no todos los delitos leves se tratan igual a estos efectos.
¿Se puede llegar a un acuerdo con la otra parte antes del juicio?
En muchos delitos leves sí es posible, y a menudo conviene explorarlo: puede evitar el juicio y resolver el asunto de forma más rápida para ambas partes.
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