en Valencia.
Delitos fiscales, societarios, blanqueo de capitales y responsabilidad penal de administradores. La defensa se construye sobre la trazabilidad documental — no sobre intuiciones.
Qué cubre esta área
Los delitos económicos suelen implicar volúmenes grandes de documentación (contabilidad, facturación, movimientos bancarios) y periciales técnicas. El resultado depende de leer esa documentación mejor que la acusación.
Trabajamos con especial atención a la trazabilidad del dinero, la existencia real de engaño o dolo, y la delimitación de responsabilidades cuando hay varios administradores o socios implicados.
Delitos que defendemos en esta área
- Delitos fiscales (Hacienda y Seguridad Social)
- Blanqueo de capitales
- Delitos societarios y de administradores
- Estafa y apropiación indebida en el ámbito mercantil
- Insolvencias punibles y alzamiento de bienes
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre delito fiscal y una infracción administrativa?
El delito fiscal exige superar determinados umbrales cuantitativos y elementos de dolo. Por debajo de esos umbrales, o sin intención defraudatoria acreditada, el asunto suele quedar en vía administrativa. Se valora caso por caso.
¿Puede un administrador responder penalmente por decisiones de la empresa?
Sí, en determinados supuestos (delitos societarios, insolvencias punibles, algunos delitos fiscales) la responsabilidad puede alcanzar personalmente a quien administra de hecho o de derecho.
¿Conviene regularizar antes de que haya investigación abierta?
Puede tener efectos relevantes según el momento y la vía. Es una decisión que conviene valorar con asesoramiento específico antes de actuar.
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